ACCIDENTES DE TRÁNSITO O CHOQUES EN CHILE
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El legislador estableció en la ley de tránsito, el procedimiento ante los juzgados de policía local en caso de accidentes de tránsito o choques.
1.- ¿Cómo se inicia un juicio por accidente de tránsito ante el juzgado de policía local?
R: Se puede iniciar ante una denuncia de Carabineros a consecuencia de un accidente de tránsito, o por la interposición de una querella infraccional a través de un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión.
2.- ¿Qué es una querella infraccional?
R: En términos simples, es una demanda dirigida en contra de él o los responsables del accidente de tránsito, en dicha acción, la víctima podrá demandar una indemnización por los perjuicios sufridos con ocasión del accidente de tránsito.
3.- ¿Debe ser patrocinada por un abogado?
R: Sí, es necesario la presencia de un abogado, en especial en la audiencia citada para tal efecto, debido a que deberán impugnar documentos presentados por la otra parte e interrogar testigos.
4.- ¿Cuál es el objetivo de la demanda por indemnización de perjuicios?
R: Reparar los daños efectivamente causados al vehículo con ocasión del choque, junto a reparar los daños sufridos por los ocupantes del vehículo.
5.- ¿Qué sucede si llega a mi domicilio una demanda por choque en policía local?
R: Se debe contestar esa demanda, y a la vez se puede demandar por los daños sufridos en el vehículo.
6.- Una vez presentada la demanda ¿Qué va a pasar?
R: Una vez presentada la demanda, esta se debe notificar, y se citará a la otra parte a una audiencia, en dicha audiencia ambos deberán acompañar todos los medios de prueba que permitan acreditar sus dichos.
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